Disposiciones generales relacionadas con el derecho de procedimiento impositivo, por ejemplo cómo se determina la base imponible y se fijan, cobran y ejecutan los impuestos, se hallan reguladas en el Código Tributario. Además, el Código Tributario contiene prescripciones en relación con procedimientos de recursos extrajudiciales, así como con el derecho fiscal penal y administrativo.
Para las personas sujetas a impuesto residentes en el extranjero rigen algunas particularidades. Para la publicación de actos administrativos en el exterior están previstos por ejemplo plazos más prolongados (artículo 122, párrafo 2, número 2 del Código Tributario). Además, la Autoridad Tributaria puede ordenar el nombramiento de un apoderado (artículo 123 del Código Tributario). Por lo demás se aplican las disposiciones del Código Tributario, independientemente de la nacionalidad y el domicilio de la persona sujeta a impuesto.
Como “Mantelgesetz” (ley principal) del Derecho Tributario alemán, el Código Tributario fue traducido al inglés (véase al respecto: www.gesetze-im-internet.de). No obstante, en principio rige que el idioma oficial es el alemán (artículo 87, párrafo 1 del Código Tributario). La Ley de Impuesto a la Renta y los formularios para realizar la declaración de impuesto a la renta se hallan por ello solamente en idioma alemán.
En cuanto a los costes y tasas a cobrar, el Código Tributario no diferencia entre pensionistas en Alemania y en el extranjero. Para todas las personas sujetas a impuesto rige el principio de que tanto el procedimiento tributario como también el recurso extrajudicial ante la Autoridad Tributaria Neubrandenburg son gratuitos. No obstante, para la tramitación de solicitudes de información vinculante de conformidad con el artículo 89, párrafo 2 del Código Tributario se cobran tasas (artículo 89, párrafos 3 a 5 del Código Tributario). Procedimientos judiciales ante el Tribunal de Hacienda de Mecklemburgo-Pomerania Occidental o la Corte Fiscal Federal también pueden generar costes. El importe de las tasas se orienta generalmente por el monto en litigio. En caso de una tasa por tiempo, la cuenta se realiza de conformidad con el tiempo que haya llevado la tramitación de la solicitud.